Lima, Perú (Andina).- El Ejecutivo aprobó el listado de organismos vivos modificados (OVM) conocidos como «transgénicos» impedidos de ingresar al país durante 10 años, a través de un decreto supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
En total son 36 mercancías restringidas, sujetas a control y están referidas a bovinos domésticos reproductores de raza pura, vivos; insectos vivos; peces ornamentales de agua dulce, vivos.
Asimismo, la tilapia para reproducción o cría industrial; demás peces para reproducción o cría industrial. (sólo las especies Oreochromis aureus, Oreochromis hornorum y Oreochromis niloticus)
Los demás peces para reproducción o cría industrial, vivos (sólo la especies Salmo salar); Semen de bovino; Huevas y lechas de pescado (Sólo las especies Oreochromis aureus, Oreochromis hornorum, Oreochromis niloticus y Salmo salar)
Autoridad competente
La norma señala que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional competente, que proponer y aprueba las medidas para cumplir la Ley 29811, la cual establece la moratoria de diez (10) años que impide el ingreso y producción en el territorio nacional de organismos vivos modificados (OVM) con fines de cultivo o crianza, incluidos los acuáticos, a ser liberados en el ambiente.
El presente listado fue elaborado por el Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el mismo que fue sometido a consulta pública.
La norma lleva la rúbrica del jefe del Estado, Ollanta Humala; y los ministros del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal; Economía y Finanzas, Alonso Segura; y de Comercio Exterior, Magali Silva.