El Acuicultor

Gobierno ecuatoriano simplifica requisitos de autorizaciones para la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía

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By Milthon Lujan

Ecuador.- El Plan Nacional de Simplificación de Trámites, impulsado por el Gobierno Nacional, continúa con resultados concretos. En esta ocasión, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (Magap) simplificó de 17 a 7  los requisitos para la entrega de autorizaciones para  que los productores acuícolas  realicen   la cría y cultivo de especies bioacuáticas en zonas de playa y bahía (concesión, cesión, renovación). El procedimiento que realizará el interesado es:

· Ingresar la solicitud de trámite con los requisitos certificados en ventanilla única

· Recibir notificación de inconsistencias de información (de ser el caso).

· Recibir inspección en campo,

· Recibir la autorización en la Ventanilla Única MAGAP.

Requisitos:

1. Solicitud de renovación/cesión/ concesión de derechos para ejercer la cría y cultivo de especies bioacuáticas;

2.Estudio técnico económico del proyecto, de acuerdo al formato establecido por  el Ministerio.

Este e requisito no es necesario para los proyectos menores a 25 hectáreas.

3.Documentos que justifiquen la titularidad de dominio del inmueble o la tenencia del mismo en

caso de arrendamiento, comodato, usufructo u otra figura jurídica, en la que se requiera ejecutar

la actividad acuícola;

4.- Certificado emitido por un laboratorio acreditado en el que se establezca que las tierras en las que se  implementará  el proyecto acuícola no tienen vocación agrícola. No se requerirá de esta certificación cuando la actividad que se vaya a realizar sea de cultivos en aguas dulces;

5.Tres ejemplares de los planos del proyecto con ubicación geográfica y con refencia a la carta del  Instituto Geográfico Militar, en la escala 1:50.000 o a la del levantamiento planimétrico del mismo organismo militar.

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6. Pago de tasa por derechos de actuación;

7. Permiso ambiental.

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