Lima, Perú (Andina).- El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó las Medidas de Ordenamiento para el Desarrollo de la Acuicultura en la Bahía de Sechura, a fin de impulsar las exportaciones de concha de abanico, y el empleo en esta actividad productiva, de manera sustentable y en armonía con el medio ambiente.
Así lo estableció en la Resolución Ministerial Nº 124-2020-PRODUCE publicada en el diario oficial El Peruano, que consta de 10 artículos y un anexo, con disposiciones complementarias.
La norma se remitirá a la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Piura y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y también se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción.
Tecnologías digitales
En las disposiciones complementarias finales, se determinó la implementación de tecnologías digitales para la solicitud y emisión de la Declaración de Extracción y Recolección de Moluscos Bivalvos Vivos.
Para ello, el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) implementará en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de mañana, el uso de Tecnologías Digitales para la solicitud y emisión de la Declaración de Extracción y Recolección de Moluscos Bivalvos en la Bahía de Sechura del departamento de Piura.
Instrumentos de gestión ambiental
Asimismo, se estableció que La Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas (DGAAMPA) del Ministerio de la Producción, aprobará en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de mañana, las disposiciones especiales para la presentación de los instrumentos de gestión ambiental y los compromisos ambientales derivados de éste, por parte de los titulares de la Pesquería Artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE), previstos en el artículo 6 de la presente resolución ministerial.
Extracción de semilla del medio natural
También se determinó las zonas y cuotas para la extracción de semilla provenientes del medio natural, así como los mecanismos de aprovechamiento, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe), teniendo en cuenta lo previsto en el literal c) del numeral 4.4 del artículo 4 de la presente resolución ministerial.
La norma lleva la rúbrica de la Ministra de la Producción, Rocío Barrios Alvarado.