Colombia.- Desde el pasado 5 de enero de 2016 es obligatorio para todos los establecimientos de acuicultura (Personas naturales o jurídicas propietarias, poseedoras o tenedoras de establecimientos acuícolas) cumplir con el Registro Pecuario de los Establecimientos de Acuicultura (RPEA), expedido por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, mediante resolución número 0064.
Gracias a la nueva resolución, se permitirá conocer con exactitud, el número de establecimientos activos que adelantan esta actividad en el país, y también será la base que le permita al ICA reglamentar, supervisar y controlar la producción de ese sistema en el país.
El documento oficial deberá contener información relacionada con los datos del poseedor, nombre del predio, ubicación geográfica, infraestructura, población animal existente, fases de producción que se desarrollen en la explotación, número de ciclos realizados al año, tipos de especies cultivadas, inventario de animales, entre otros.
Para la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, Aunap, la creación de este nuevo decreto es un gran avance que les permitirá a las dos entidades aunar esfuerzos para realizar un trabajo en equipo, con resultados óptimos para toda la cadena productiva acuícola del país.
“La creación del nuevo decreto nos permitirá unificar bases de datos para hacer registros únicos de los establecimientos, igualmente podremos hacer visitas de inspección y vigilancia de manera conjunta, que al final sólo redundará en el consumidor final, al tener la certeza de que está consumiendo un producto confiable, con altos estándares de calidad”, señaló Diego Triana, abogado externo de la Aunap.
La nueva resolución permitirá tomar las medidas necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y la prevención de riesgos biológicos y químicos.