Brasilia, Brasil.- El Ministerio de Pesca y Acuicultura (MPA) publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) una instrucción normativa que establece el 31 de agosto como la fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad del Guía de Tránsito Animal (GTA).
La guía servirá para regular el transporte de animales acuáticos vivos y la materia prima de animales acuáticos provenientes de establecimiento de acuicultura y destinados a los establecimientos registrados en el órgano oficial de inspección.
La instrucción normativa MPA número 23, del 11 de septiembre de 2014, que instituía el GTA, exige que esta sea acompañada del Boletín de Producción, donde debe constar los datos de importancia para la vigilancia epidemiológica de los sistemas de producción y para la salud pública.
Entre los datos de la producción, deben aparece el nombre del técnico responsable, el número de animales alojados en el sistema de producción de origen del lote, separado del monitoreo de los residuos y contaminantes y también de los microorganismos patogénicos, en caso de hacer análisis de este tipo.
El boletín debe consignar además la información del lote cosechado, como la duración del ciclo de producción, la cantidad de animales obtenidos en la cosecha, el registro de productos veterinarios y agrotóxicos, enfermedades e infecciones eventualmente diagnosticadas en el lote, entre otras informaciones.