Lima, Perú.- El Consejo Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), estableció los procedimientos de calificación y autorización para el desarrollo de proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i).
Mediante la Directiva 05-2015-Concytec-DPP, se fijan los requisitos, plazos y disposiciones que deben cumplir las empresas y centros de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica, para acogerse al beneficio tributario por la realización de proyectos en I+D+i, en aplicación de la Ley que promueve las actividades de ciencia, tecnología e innovación.
De esta manera, el Estado concederá una deducción tributaria sobre los gastos incurridos en proyectos de I+D+i de hasta un 175 por ciento, cuando son desarrollados en el país, o 150 por ciento con centros de I+D+i domiciliados fuera del país.
El beneficio será aplicable a los proyectos de I+D+i que inicien a partir de la entrada en vigencia de la Ley 30309, es decir el 1 de enero de 2016, y permanecerá vigente hasta el ejercicio gravable 2019.
Las normas y procedimientos establecidos en la directiva son de cumplimiento obligatorio y de aplicación a los contribuyentes afectos a la tercera categoría del Impuesto a la Renta, que quieran acogerse al beneficio tributario por la realización de proyectos de I+D+i, según lo establecido por la norma.
Asimismo, a las entidades públicas y privadas, domiciliadas o no domiciliadas en el Perú, que deseen obtener la autorización como centros de investigación científica, de desarrollo tecnológica y de innovación tecnológica en una o varias disciplinas de investigación.
Si el proyecto de I+D+i es realizado directamente por el contribuyente, éste solicitará al Concytec la calificación y autorización para el desarrollo del mismo.
Entre los requisitos para la calificación y autorización de proyectos está el tener a disposición el equipamiento, infraestructura, sistemas de información y bienes que sean necesarios para el proyecto.
Del mismo modo, los investigadores o especialistas a cargo del proyecto deben tener el conocimiento necesario para realizarlo, el cual será sustentado con la información consignada en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA).
La presentación de solicitudes se realizará a través de la plataforma virtual del Sistema de Beneficios Tributarios de I+D+i. Si por causas ajenas al solicitante no es posible la utilización de la plataforma, se podrá presentar la solicitud por mesa de partes del Concytec.
El plazo para resolver las solicitudes es de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su presentación. El Concytec informará semestralmente a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) los resultados de las acciones de fiscalización realizadas a los proyectos calificados.